Derecho Comercial
Objetivos
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), tiene su
origen en la República Dominicana con la promulgación de la Ley Nº 479-08
el 11 de diciembre del año 2008.
Sociedades Anónimas (S.A.): Es aquella sociedad
mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en
el capital social a través de títulos o acciones. Existen
sociedades anónimas tanto de capital abierto como de capital
cerrado.
Objetivos
Describir las diferentes modalidades de sociedades comerciales
existentes según la legislación Dominicana.
Introducción
Saludos a todos los lectores, les doy la bienvenida a mi
blog y también les doy las gracias por ingresar y a la lectura del mismo.
El objetivo de este blog es explicar que es una sociedad
comercial y que objetivo tiene con el comercio tambien cuales tipos de
sociedades hay y que las diferencia de cada una y cual seria la mas indicada en
lo personal para su servidor.
Sociedades Comerciales
La sociedad mercantil o sociedad
comercial es una sociedad que tiene como objetivo la realización
de actos de comercio o, en general, una actividad sujeta
al derecho mercantil y se diferencia de una sociedad civil en el
hecho de que ésta última no contempla en su objeto social actos mercantiles.
Por esto, como toda sociedad, son entidades a los que la ley
reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y
que, contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos
a la realización de una finalidad lucrativa que es común.
El código civil la define como “un contrato
en que dos o más personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir
entre sí los beneficios que de ello provengan“ o también que "Es
la unión de dos o más personas (físicas o morales) de acuerdo a la ley, que aportan
algo en común para un fin determinado, obligándose mutuamente a rendirse
cuentas".
También te permite obtener la máxima protección contra
responsabilidad personal ante posibles conflictos con tus empleados, te da
continuidad en las actividades comerciales, te permitirá proyectar frente
a terceros (clientes, proveedores o inversores) una imagen asociada a prestigio
y seriedad, organización y atracción de inversores, es decir, al proyectar una
imagen seria, estable y de credibilidad comercial, aumentarán las posibilidades
de lograr inversiones de capital en su empresa.
Tipos de sociedades
comercial
La Ley dominicana de sociedades reconoce los tipos
societarios consagrados en el Código de Comercio, pero a su vez, introduce
dos nuevos: Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y las Empresas
Individuales de Responsabilidad limitada (EIRL). De esta manera, en República
Dominicana a la fecha se reconocen y regulan seis (6) tipos de sociedades:
Sociedades en Nombre
Colectivo: Se trata de una sociedad externa que realiza actividades
mercantiles o civiles bajo una razón social unificada, respondiendo los socios
de las deudas que no pudieran cubrirse con el capital social. Es un tipo de
sociedad en la que algún socio no aporta capital, solo trabajo y se denomina
socio industrial.
Sociedades en Comandita Simple: es una sociedad de tipo
personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que
responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de
la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya
responsabilidad se limita al capital o comprometido con la comandita
Sociedades en Comandita por Acciones: Son las que se
componen de uno o varios socios comanditados que tendrán la calidad de
comerciantes y responderán indefinida y solidariamente de las deudas sociales,
y de socios comanditarios, que tendrán la calidad de accionistas y solo
soportaran las perdidas en la proporción de sus aportes.
Sociedades de
Responsabilidad Limitada (SRL): Es un tipo de sociedad mercantil
en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y
por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el
patrimonio personal de los socios.
La finalidad de la creación de esta figura legal es doble:
Potenciar el desarrollo de nuevas iniciativas comerciales de
pequeños empresarios. Poner fin a la vieja práctica nacional de las “sociedades
ficticias”, que consistía en constituir una sociedad en que uno de los socios
tiene un 94% y los demás socios, sólo un 1%.
De las seis categorías de Sociedades mencionadas, las primeras
tres se distinguen porque sus socios o una parte de ellos, dependiendo del tipo
de sociedad, responden de manera subsidiaria, solidaria e ilimitada de las
obligaciones contraídas por la sociedad.
Las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades
anónimas, se distinguen porque la responsabilidad de sus socios se limita a sus
respectivos aportes sociales.
Que sociedad comercial elegiría, ¿Por que?
Bueno yo eligiria la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L) ya que esta los socios protegen su propio capital ejemplo si creamos una sociedad mi hermano y yo con un capital de 100,000.00 si esta quiebra lo unico que se veria afectado seria el capital con el que se creo la sociedad ya nuestro patrimonio personal no se ve afectado.
Conclusión
Podemos concluir que en este trabajo que una sociedad
comercial es un contrato, a través del cual dos o mas personas se comprometen
a hacer aportes en dinero, tambien se unen dos o mas personas para crear una
persona jurídica diferente a cada uno de los integrantes. cuyo fin es
repartirse las utilidades obtenidas.
También hablamos sobre los diferentes tipos de
sociedades comerciales en República Dominicana la cual tiene un total de
(6).
Bibliografía
http://impulsapopular.com/legal/seguridad-juridica/tipos-de-sociedades-comerciales-en-republica-dominicana/
https://es.wikipedia.org/wiki/Sociedad_mercantil
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